Facturación Servired (OSDOP – OSPRERA)

Estimados colegas:

Se informa que, a partir del día de la fecha, la facturación correspondiente a Servired deberá ser realizada teniendo en cuenta la correcta identificación del plan al que pertenece cada paciente.

En particular, se deberán discriminar de manera precisa las prestaciones correspondientes a los siguientes planes:

  • OSDOP – 40828
  • OSPRERA – 40824
  • OSPRERA – Plan Especial (Tucumán Diferencial) – 40826

Es de fundamental importancia que la carga de la facturación se efectúe con la clasificación correcta del plan de cada afiliado, a fin de evitar débitos o rechazos en la liquidación.

Solicitamos a todos los profesionales prestar especial atención a este procedimiento, dado que constituye un requisito operativo obligatorio para garantizar la adecuada tramitación de los honorarios.

Ante cualquier consulta sobre el procedimiento, podrán dirigirse al área de Computos del Colegio o comunicarse con los canales de contacto habituales.

Sin otro particular, saludamos a ustedes con distinguida consideración.

Consejo Directivo

Coordinadora de Colegios de Ley

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  Dirección: Av. República del Líbano 978

  Teléfono: 0381-4330805

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